Confirme si cumple con la normativa para la liberación de fondos.
Enlaces seguros de navegación internaNOTA ACLARATORIA: Este retiro es voluntario. Si usted califica pero decide no retirar, sus fondos seguirán generando rentabilidad en su AFP.
Criterios de Elegibilidad 2026
La Ley aprobada por el Congreso y reglamentada por la SBS para el retiro extraordinario de 2026 es de carácter universal para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Sin embargo, existen condiciones técnicas específicas que determinan quiénes pueden acceder al beneficio y quiénes quedan excluidos por su condición actual.
El objetivo principal de esta medida es brindar liquidez a las familias peruanas. A diferencia de retiros anteriores que exigían estar desempleado por 12 meses, la normativa actual es más flexible, permitiendo el acceso incluso a quienes se encuentran laborando actualmente, siempre que no tengan condición de jubilados.
Tabla de Acceso: ¿Quiénes SÍ y quiénes NO?
Para evitar confusiones al momento de registrar su solicitud, hemos simplificado la normativa en la siguiente tabla comparativa:
| Perfil del Afiliado | ¿Puede Retirar? | Condición |
|---|---|---|
| Trabajador Activo (En planilla) | SÍ | Hasta 4 UIT de su fondo acumulado. |
| Desempleado (Sin aportes recientes) | SÍ | Acceso total hasta el límite legal. |
| Jubilado (Régimen REJA o Normal) | NO | Ya reciben pensión o retiraron el 95.5%. |
| Afiliado Extranjero | SÍ | Debe tener Carné de Extranjería válido. |
Requisito de la Cuenta Bancaria Personal
Quizás el requisito técnico más importante es la titularidad de la cuenta bancaria. Para que el depósito sea exitoso, la cuenta debe cumplir obligatoriamente con las siguientes características:
- Titularidad: La cuenta debe estar 100% a nombre del solicitante (no mancomunada).
- Moneda: Debe ser en Moneda Nacional (Soles).
- Estado: Activa y sin restricciones de bloqueo.
- Tipo: No puede ser cuenta CTS, ya que estas tienen reglas de retiro diferentes.
El Concepto de Intangibilidad
Una de las garantías más fuertes de este retiro es la "Intangibilidad de los Fondos". Esto significa que, una vez que el dinero llega a su cuenta, los bancos NO pueden descontar dinero automáticamente por deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales o comisiones atrasadas.
La única excepción legal: Deudas por Juicios de Alimentos. Si usted tiene una demanda de alimentos con sentencia judicial, el banco o la AFP pueden retener hasta el 30% del monto retirado para cumplir con la obligación alimentaria, depositando la diferencia en su cuenta.
Preguntas Frecuentes sobre Requisitos
¿Si tengo menos de 1 UIT en mi fondo, puedo retirar?
Sí. Si su saldo es menor a 1 UIT, podrá retirar el 100% de su fondo en una sola armada. No hay monto mínimo para solicitar.
¿Puedo solicitar el retiro si vivo en el extranjero?
Sí. Los peruanos en el exterior pueden tramitar el retiro, pero deben tener una cuenta en un banco con sede en Perú o seguir el protocolo especial para transferencias internacionales (con costos adicionales).
¿Qué pasa si tengo mi DNI vencido?
Como se mencionó anteriormente, el DNI vencido NO es impedimento para realizar el trámite, siempre que los datos biométricos coincidan con RENIEC.
¿Es necesario tener la Clave Web de la AFP?
Para la consulta general no, pero para registrar la solicitud oficial SÍ es obligatorio contar con su Clave Web. Si la olvidó, debe recuperarla en la web de su AFP antes de su fecha de registro.
¿Afectará esto mi futura pensión?
Técnicamente sí. Al retirar fondos hoy, se reduce el capital acumulado para su jubilación futura (CIC). Es una decisión personal evaluar la necesidad actual frente a la protección futura.
Descargo de Responsabilidad: Este sitio es un portal informativo independiente y NO tiene vínculo con el Gobierno de Perú ni con la Asociación de AFP. La normativa detallada está sujeta a cambios legislativos. Datos basados en fuentes de acceso público.